Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 1 ene 2019
El ente público Radiotelevisión Canaria se estructura, en cuanto a su funcionamiento, administración y dirección, en los siguientes órganos:
a) La Junta de Control.
b) La Dirección General.
c) El Consejo Asesor.
d) Los Consejos de Informativos.
Se modifica por el art. único.9 de la Ley 6/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-859
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2014/12/26/13#art-9