Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 24 ago 2003
El Gobierno aprobará la reglamentación técnica que permita la interoperabilidad de los sistemas de cobro electrónico de peajes sin detención del vehículo utilizados por los concesionarios de autopistas.
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eli/es/l/2003/05/23/13#disposicion-adicional-novena

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