Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Prestaciones patrimoniales de carácter público
Art. 46
En vigor desde 18 dic 2001
Las prestaciones patrimoniales de carácter público por la venta, suscripciones o anuncios del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» quedan fijadas en las siguientes cuantías:
Primero:
Por ejemplar sencillo: 0,42 euros.
Por ejemplar con fascículo: 0,63 euros.
Segundo. Por suscripción:
Clase de suscripción Suscripción anual - Euros Sucripción semestral - Euros Suscripción trimestral - Euros España 106,38 53,19 26,59 España (por avión) 126,81 63,41 31,70 Extranjero 185,71 92,86 46,43 Extranjero (por avión) 319,14 159,57 79,78
Tercero. Por anuncio urgente (por milímetros de altura del ancho de una columna de 14 cíceros): 850 pesetas.
Cuarto. Por actos a publicar en la Sección Primera del «Boletín Oficial del Registro Mercantil», según los grupos de pago que a continuación se mencionan:
A) 29,45 euros.
B) 58,90 euros.
D) Más de 92,56 euros, en los términos previstos en la Orden Ministerial de 26 de diciembre de 1991.
E) 11,06 euros.
Se convierten a euros las cuantías contempladas en los apartados 1, 2 y 4 por el apartado 2 y 3 de la Resolución 8/2001, de 31 de octubre. Ref. BOE-A-2001-22216
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1996/12/30/13#art-46