Título TÍTULO III
Art. 30
En vigor desde 29 abr 2015
El plazo máximo para resolver será de 6 meses desde el inicio del procedimiento sancionador. Transcurrido este plazo y siempre que no concurran las causas de suspensión previstas en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se producirá la caducidad del procedimiento.
Se añade por la disposición final 5.1 de la Ley 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4607#dfquinta .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2012/12/26/12#art-30