Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 34

En vigor desde 10 oct 2008
Se promoverán por la Conselleria competente en materia de educación, programas de prevención de conductas inapropiadas, de la violencia y el acoso, en el propio centro docente, dirigidos a todos los integrantes de la comunidad educativa, y de forma especial a niños y adolescentes en situación de riesgo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-34

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil