Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 11 jul 2003
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2003/04/10/12#disposicion-final-tercera