Art. Disposición final

En vigor desde 17 ago 1994
Se autoriza a ja Junta de Castilla y León para que dicte las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley. Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir. Valladolid, 18 de julio de 1994.
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