Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección II. Órganos de gobierno y administración

Art. 14

En vigor desde 27 jul 1990
La Junta de Gobierno estará integrada por una representación proporcional de todas las entidades presentes en el Consejo Insular. Su composición se determinará estatutariamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/1990/07/26/12#art-14

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil