Título TÍTULO I
Art. 1
DerogadoEn vigor desde 29 dic 1984
Por la presente Ley se establece un recargo sobre la tasa estatal que grava los juegos de suerte, envite o azar, el cual, se regirá por lo establecido en esta Ley y por las normas que la desarrollen; por la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y por el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, y las normas modificativas y complementarías del mismo.
Se excluye de este recargo el juego del bingo.
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Proeli/es-mc/l/1984/12/27/12#art-1