Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. Disposición final
En vigor desde 25 dic 1998
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de la Comunitat Autónoma de les Illes Balears».
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Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#disposicion-final