Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 14
En vigor desde 25 ago 1994
El Plan de Salud contemplará en su redacción:
a) Análisis y evaluación de los problemas de salud, recursos personales, materiales y económicos empleados, actividades y servicios desarrollados y planes y programas ejecutados.
b) Fijación y evaluación de los objetivos a alcanzar en materia de salud, tanto generales como por áreas de actuación.
c) Análisis y evaluación de los planes, programas y actividades de los sujetos del Sistema Canario de la Salud para alcanzar los objetivos fijados.
d) Fijación del calendario general de actuación para el cumplimiento de los objetivos.
e) Análisis y evaluación de los recursos y medios necesarios para atender al cumplimiento de los objetivos propuestos conforme al calendario establecido.
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Proeli/es-cn/l/1994/07/26/11#art-14