Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.a Información sujeta a publicación

Art. 26

En vigor desde 1 ene 2020
Los sujetos incluidos en el artículo 2 están obligados a hacer públicos y mantener actualizados los instrumentos de ordenación del territorio y los planes urbanísticos que les afecten, garantizando como mínimo la siguiente información: a) La estructura general de cada municipio. b) La clasificación y calificación del suelo. c) La ordenación prevista para el suelo, con el grado de detalle adecuado. d) Las infraestructuras planteadas en cada localidad. e) Su estado de tramitación y desarrollo, incluyendo las fechas de aprobación de los diferentes instrumentos de planeamiento y gestión, así como los informes sectoriales emitidos por las Administraciones y organismos competentes. f) Las modificaciones y revisiones aprobadas con indicación de las fechas de publicación de las mismas. g) La información geográfica, económica y estadística de elaboración propia cuya difusión permita el conocimiento general, facilitando las fuentes, notas metodológicas y modelos utilizados. h) La información medioambiental ha de hacerse pública de conformidad con la normativa vigente. i) Las resoluciones judiciales firmes que afecten a la vigencia de cualquiera de sus determinaciones.
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eli/es-md/l/2019/04/10/10#art-26

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