Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 17 oct 2018
Se creará el Consejo de Participación Audiovisual de Andalucía, mediante decreto del Consejo de Gobierno. El órgano directivo competente en materia de medios de comunicación social elaborará el reglamento que regule su régimen de funcionamiento, competencias y composición, en el plazo de doce meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley.
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