Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33

En vigor desde 1 ene 2025
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, el mínimo exento en dicho impuesto queda establecido en 700.000 euros. Se modifica por el .1 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1480 Se añade por la disposición final 1.2 de la Ley 3/2021, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2021-7691#df Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 2/2020, de 30 de enero. Ref. BOE-A-2020-1939 Téngase en cuenta que esta derogación entra en vigor desde el 1 de enero de 2020, según establece la disposición final única de la citada Ley. Se modifica por el .5 de la Ley 2/2018, de 30 de enero de 2018. Ref. BOE-A-2018-1917

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eli/es-ri/l/2017/10/27/10#art-33

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