Título TÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 19 mar 2019
La suspensión de los lanzamientos de su vivienda habitual de personas o unidades de convivencia en situación de especial vulnerabilidad prevista en el artículo 20 de esta ley será de aplicación en los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria iniciados a la entrada en vigor de esta ley, siempre que en dicha fecha no se hubiere ejecutado el lanzamiento. Se declara la desestimación del Recurso, por Sentencia del TC 21/2019, de 14 de febrero. Ref. BOE-A-2019-3982 Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación por auto del TC de 7 de febrero de 2018. Ref. BOE-A-2018-1969 Se declara la suspensión de la vigencia y aplicación de este precepto, desde el 12 de septiembre de 2017 para las partes en el proceso y desde el 12 de octubre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 3 de octubre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4403/2017. Ref. BOE-A-2017-11694

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2016/12/01/10#disposicion-transitoria-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil