Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
DerogadoEn vigor desde 1 ene 2017
Conforme a las obligaciones de evaluación, planificación y control de la Administración de la Comunidad Autónoma y para asegurar la eficacia de este derecho, se realizarán análisis trimestrales de la situación de la gestión del programa del Ingreso Aragonés de Inserción. Este análisis incluirá:
a) Número de solicitudes presentadas, distinguiendo entre nuevas y renovaciones.
b) Número de expedientes pendientes de resolución.
c) Número de expedientes resueltos, distinguiendo las resoluciones estimatorias de las desestimadas.
d) Respecto a las resoluciones estimatorias, las prestaciones cuyo pago se haya iniciado y las pendientes de pago a los perceptores.
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Proeli/es-ar/l/2016/12/01/10#art-11