Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 15 abr 2003
La Consejería de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias necesarias para habilitar los créditos necesarios para la puesta en funcionamiento del Servicio Público de Empleo y el cumplimiento de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2003/04/08/10#disposicion-final-cuarta