Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 28 jun 2024
A los efectos de esta ley, se entienden por enseñanzas artísticas superiores las enseñanzas pertenecientes a los niveles de grado y posgrado de la educación superior del sistema educativo orientadas específicamente a la formación artística en cualquiera de sus disciplinas.
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Proeli/es/l/2024/06/07/1#art-3