Art. 1
En vigor desde 25 ene 2024
Se declara la suspensión de los procedimientos administrativos de reconocimiento de utilidad pública, sustanciados al amparo del artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica relativos a instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica y a sus infraestructuras de evacuación, y cuya resolución corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja de acuerdo con el artículo 56 del mismo texto legal.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2024/01/24/1#art-1