Título TÍTULO II

Art. 22

En vigor desde 13 abr 2023
1. La Administración del Principado de Asturias y sus organismos y entes públicos incluirán, en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales, partidas destinadas a actuaciones en materia de la lucha contra el cambio climático, tanto en el ámbito de la prevención como de la mitigación y la adaptación. Para ello, se definirá reglamentariamente la correspondiente metodología de imputación de gastos. 2. La Comisión de Coordinación de Acción por el Clima en el Principado de Asturias analizará anualmente, en los términos que reglamentariamente se determine, el porcentaje de presupuesto que cada uno de los departamentos de la Administración del Principado de Asturias destina a la lucha contra el cambio climático.
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eli/es-as/l/2023/03/15/1#art-22

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