Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final octava
En vigor desde 18 mar 2022
El Gobierno de las Illes Balears, en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de esta ley, actualizará la regulación de las enseñanzas impartidas por las escuelas de música y danza reconocidas, contenida en el Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el que se regulan las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
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