Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Aplicación del canon
Art. 119
En vigor desde 22 may 2019
El ejercicio de las funciones de aplicación y de revisión del impuesto así como el ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria corresponderán a los órganos o unidades administrativas competentes de la Administración tributaria de la consejería competente en materia de hacienda que determine su norma organizativa.
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Proeli/es-ga/l/2019/04/22/1#art-119