Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Medidas cautelares
Art. Disposición final sexta
En vigor desde 13 mar 2019
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/l/2019/02/20/1#disposicion-final-sexta