Título TÍTULO IV
Art. Disposición final primera
En vigor desde 29 sept 2018
1. Se autoriza al Consejo de Gobierno y al Consejero competente en materia de transparencia para que en el ámbito de sus competencias dicten cuantas disposiciones reglamentarias estimen necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.
2. El desarrollo reglamentario recogido en esta Ley estará aprobado en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley.
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Proeli/es-cb/l/2018/03/21/1#disposicion-final-primera