Título TÍTULO III
Art. 41
En vigor desde 29 sept 2018
1. El Gobierno de Cantabria publicará en el Portal de Transparencia de Cantabria la relación de los acuerdos aprobados en el Parlamento de Cantabria que afecten a sus competencias, detallando la fecha de aprobación y el organismo competente para su cumplimiento. A su vez, publicará aquellos acuerdos que la insten a dirigirse a otras entidades.
2. De forma trimestral, el Gobierno de Cantabria elaborará y publicará en el Portal de transparencia de Cantabria un informe respecto al grado de cumplimiento de los acuerdos aprobados por el Parlamento en ese año.
3. El Gobierno de Cantabria presentará ante el Parlamento de Cantabria un informe anual sobre el cumplimiento de la transparencia de la actividad pública en Cantabria.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2018/03/21/1#art-41