Art. [preambulo]
En vigor desde 6 abr 2017
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley,
Exposición de motivos
El Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto se sitúa en el extremo noroccidental de la provincia de Zamora, limitando con las provincias de Orense y León. Se trata de un territorio de media y alta montaña con gran parte de su superficie por encima de los 1.500 metros de altitud y algunos picos de más de 2.000 metros (Peña Trevinca y Montalvo), con valles profundos que a veces pueden formar cañones pronunciados, originados por ríos y arroyos, entre los que sobresalen los ríos Tera y Bibey. En las zonas más altas aparecen roquedos, pedrizas y canchales, con extensos altiplanos cubiertos de pastizales y matorrales de alta montaña. En las laderas y zonas más bajas predominan los rebollares y diferentes tipos de matorral, frente a otras formaciones arboladas de menor extensión pero de notable interés como los castañares, las acebedas o las tejedas. En algunos cauces fluviales de determinados valles se desarrollan interesantes bosques de ribera, como las alisedas. De especial interés resulta el conjunto de lagunas y turberas que componen uno de los conjuntos de humedales de origen glaciar más importantes y variados de la península Ibérica. Entre estos destaca el lago de Sanabria, el mayor lago de origen glaciar de la península ibérica, con una superficie de 318,7 ha y una profundidad máxima de 51 m.
En cuanto a los valores geomorfológicos y paisajísticos, esta área comprende numerosas lagunas, morrenas y cañones demostrativos de la acción glaciar cuaternaria, junto a una exuberante vegetación de gran variedad en todos sus estratos e innumerables cascadas y cursos fluviales de montaña, conformando un territorio de acentuados valores estéticos y paisajísticos.
El parque natural juega, además, un papel destacado en la conservación de numerosas especies amenazadas, vulnerables o raras, como son el águila real, el búho real, el halcón peregrino, la perdiz pardilla, el mirlo acuático, el pechiazul y el acentor alpino, entre las aves; la nutria, el desmán ibérico, la marta y el gato montés, entre los mamíferos, o la náyade Margaritifera margaritifera entre los invertebrados.
A su vez, la ubicación geográfica de este parque natural lo configura como una importante área de conexión entre diferentes espacios naturales, tanto dentro como fuera de la comunidad de Castilla y León.
Además de su alto valor medioambiental, esta zona ofrece valiosos recursos históricos, artísticos y culturales. Destacan las numerosas muestras de arquitectura popular distribuidas en los pueblos de la zona, la iglesia románica y los restos del monasterio cisterciense de San Martín de Castañeda, la riqueza de su patrimonio inmaterial (tradiciones, leyendas, mascaradas…), así como la diversidad y riqueza lingüística de sus poblaciones.
Atendiendo a estas características naturales y culturales sobresalientes o muy destacables respecto a su entorno, esta zona ha conocido, desde antiguo, diferentes figuras de protección. El Sitio Natural de Interés Nacional del Lago de Sanabria y alrededores fue declarado como parque natural mediante Real Decreto 3061/1978, de 27 de octubre. Posteriormente, constituida la comunidad autónoma de Castilla y León, y habiendo recibido del Estado el traspaso de funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza resultó conveniente adecuar la organización del parque natural a la nueva estructura administrativa, por lo que se dictó el Decreto 122/1985, de 12 de septiembre, por el que se modifica el citado Real Decreto 3061/1978, de 27 de octubre. Ahora bien, la experiencia administrativa adquirida a lo largo de los años transcurridos desde la creación de este parque, llevó a aprobar el Decreto 121/1990, de 5 de julio, por el que se modifican los límites y se adecuan la regulación y la organización del Parque Natural del Lago de Sanabria y alrededores.
La Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, establece en su artículo 66 que los parques naturales se declararán por leyes de las Cortes de Castilla y León, particularizada para cada uno de ellos y, en su artículo 49, define los requisitos que deben concurrir para que los territorios de la Comunidad de Castilla y León puedan ser declarados áreas naturales protegidas, sin olvidar, por otra parte, que el artículo 36.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, dispone que «la declaración de los Parques y Reservas Naturales exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona».
En cumplimiento de este precepto, se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural «Lago de Sanabria y alrededores» (Zamora) por Decreto 62/2013, de 26 de septiembre. En dicho plan de ordenación se propone mantener la figura de parque natural bajo la misma denominación de «Lago de Sanabria y alrededores», ampliando su delimitación para así preservar la riqueza de esta unidad natural homogénea. En base a dicha propuesta, el parque natural pasará a poseer una superficie aproximada de 32.302 ha frente a las 22.679 ha del año 1990, si bien, se considera adecuado, teniendo en cuenta esta ampliación, modificar su denominación por la de Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto (Zamora).
Y, por todo lo expuesto, mediante la presente ley, se hace necesario modificar los límites y establecer el régimen de protección, uso y gestión del Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto, para así adaptarlos a la normativa vigente en la actualidad.
La ley se estructura en cuatro artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, cuatro disposiciones finales y un anexo en el que se refleja la nueva delimitación del ámbito territorial del parque natural.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2017/03/28/1#preambulo-pr