Capítulo TÍTULO V

Art. Disposición final primera

En vigor desde 8 mar 2009
El Consejo Consultivo elaborará su Reglamento de organización y funcionamiento en el plazo de tres meses a partir de su efectiva constitución, siendo elevado al Gobierno de Aragón para su aprobación.
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eli/es-ar/l/2009/03/30/1#disposicion-final-primera

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