Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 6

En vigor desde 27 mar 2003
Corresponde a la Consejería competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres asesorar sobre las medidas específicas destinadas a las mujeres desarrolladas por otras Consejerías, así como la realización de otras que las refuercen o complementen.
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eli/es-cl/l/2003/03/03/1#art-6

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