Art. Art único

En vigor desde 8 oct 1983
1. Las Cortes de Aragón tienen su Sede en la ciudad de Zaragoza. 2. Las Cortes de Aragón podrán, no obstante, celebrar sesiones en otros lugares del territorio de Aragón en la forma y condiciones que establezcan en su Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/1983/09/28/1#art-unico

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil