Título PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOSCapítulo PARTE VI

Art. 50

En vigor desde 27 jul 1977
Las disposiciones del presente Pacto serán aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin limitación ni excepción alguna.
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eli/es/ai/1966/12/19/(1)#art-50

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