Art. Preambulo
En vigor desde 20 abr 1978
CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
CONVENIO 98
Convenio relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo;
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 8 de junio de 1949 en su trigésima segunda reunión;
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva, cuestión que constituye eI cuarto punto del orden del día de la reunión, y
Después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional,
Adopta, con fecha primero de julio de mil novecientos cuarenta y nueve, el siguiente Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949:
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1949/07/01/(1)#preambulo-pr-2