Art. Sexto
En vigor desde 11 jun 2020
Se restablece el plazo ordinario de calificación y despacho a que se refiere el artículo 18 de la Ley Hipotecaria con relación a los títulos que se presenten en el Registro a partir de la entrada en vigor de esta instrucción. Con relación a los presentados antes, el plazo de calificación y despacho continuará hasta la finalización de la prórroga prevista en las Resoluciones de 13 y 15 de marzo de 2020.
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Proeli/es/ins/2020/06/04/(1)#sexto