Art. Norma primera

En vigor desde 10 may 1995
La presente Instrucción será de aplicación a los datos personales solicitados por las entidades de crédito con motivo de la celebración de un contrato de seguro de vida anejo a la concesión de un crédito hipotecario o personal.
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eli/es/ins/1995/05/04/2#norma-primera

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