Art. Segundo
En vigor desde 19 may 2021
Las formaciones políticas podrán beneficiarse de las tarifas especiales, previstas en el artículo 59 de la LOREG, en sus envíos no nominativos de sobres, papeletas y propaganda electoral, con el límite cuantitativo de un envío por elector en cada convocatoria electoral.
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Proeli/es/ins/2021/05/13/1#segundo