Art. 4
En vigor desde 18 feb 2025
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2025:425:oj#art-4
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dir:2025:425:oj#art-4