Art. 2
Modificación de la Directiva 2013/34/UE
En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 2
Modificación de la Directiva 2013/34/UE
En el artículo 19 bis de la Directiva 2013/34/UE, el apartado 6 se sustituye por el texto siguiente:
«6. Como excepción a lo dispuesto en los apartados 2 a 4 del presente artículo, y sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 9 y 10 del presente artículo, las pequeñas y medianas empresas a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, las entidades pequeñas y no complejas definidas en el artículo 4, apartado 1, punto 145, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, las empresas de seguros cautivas tal como se definen en el artículo 13, punto 2, de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*17), las empresas de reaseguros cautivas tal como se definen en el artículo 13, punto 5, de dicha Directiva, y las empresas pequeñas y no complejas, tal como se definen en el artículo 13, punto 10 bis, de dicha Directiva, podrán limitar la presentación de información sobre sostenibilidad a la siguiente información:
a)
una breve descripción del modelo de negocio y la estrategia de la empresa;
b)
una descripción de las políticas de la empresa en relación con las cuestiones de sostenibilidad;
c)
los principales efectos negativos reales o potenciales de la empresa sobre las cuestiones de sostenibilidad, y cualesquiera medidas adoptadas para detectar, vigilar, prevenir, atenuar o subsanar dichos efectos negativos reales o potenciales;
d)
los principales riesgos para la empresa relacionados con las cuestiones de sostenibilidad, y la forma en que la empresa gestiona dichos riesgos;
e)
los indicadores clave necesarios para la divulgación de la información a que se refieren las letras a) a d).
Las pequeñas y medianas empresas, las entidades pequeñas y no complejas, las empresas de seguros y de reaseguros cautivas y las empresas pequeñas y no complejas que se acojan a la excepción a que se refiere el párrafo primero del presente apartado presentarán información de conformidad con las normas de presentación de información sobre sostenibilidad aplicables a las pequeñas y medianas empresas a que se refiere el artículo 29 quater.
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