Art. 12

Adaptación al progreso científico y técnico

En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 12 Adaptación al progreso científico y técnico La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 13 por los que se modifiquen los anexos I y II a fin de adaptarlos al progreso científico y técnico.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2022:2561:oj#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil