Art. 4
Medidas transitorias
En vigor desde 6 may 2021
Artículo 4
Medidas transitorias
En el caso de los exámenes de las variedades que se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2022, los Estados miembros aplicarán las disposiciones nacionales de transposición de las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE tal como existían antes de ser modificadas por la presente Directiva.
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