Art. 4
En vigor desde 12 mar 2021
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros de conformidad con los Tratados.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir_del:2021:802:oj#art-4