Art. 12
Obligación de informar
En vigor desde 20 may 2019
Artículo 12
Obligación de informar
Los Estados miembros podrán mantener o adoptar disposiciones en las que se establezca que, para poder hacer valer sus derechos, el consumidor ha de informar al vendedor de la falta de conformidad en un plazo mínimo de dos meses a partir de la fecha en que el consumidor la haya detectado.
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