Art. 1
Acuerdos de los interlocutores sociales
En vigor desde 16 ene 2019
Artículo 1
La Directiva 2004/37/CE se modifica como sigue:
1)
Se inserta el artículo siguiente:
«Artículo 13 bis
Acuerdos de los interlocutores sociales
El sitio web de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) contendrá una lista de los acuerdos de los interlocutores sociales celebrados en el ámbito de la presente Directiva. La lista se actualizará periódicamente.».
2)
En el anexo I, se añaden los puntos siguientes:
«7.
Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor.
8.
Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.».
3)
El anexo III se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Directiva.
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