Art. 3
Entrada en vigor
En vigor desde 13 dic 2018
Artículo 3
Entrada en vigor
La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir_del:2019:369:oj#art-3