Art. 65
Derogación
En vigor desde 14 dic 2016
Artículo 65
Derogación
Queda derogada la Directiva 2003/41/CE, modificada por las Directivas que figuran en el anexo I, parte A, con efectos a partir del 13 de enero de 2019, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho nacional y las fechas de aplicación de las Directivas que figuran en el anexo I, parte B.
Las referencias a la Directiva 2003/41/CE derogada se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo II.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2016:2341:oj#art-65