Art. 41
Derogación
En vigor desde 11 may 2016
Artículo 41
Derogación
Quedan derogadas las Directivas 2004/114/CE y 2005/71/CE para los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, con efectos a partir del 24 de mayo de 2018, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en cuanto a los plazos de incorporación al Derecho interno y de aplicación de esas Directivas que figuran en el anexo I, parte B, de la presente Directiva.
Para los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, las referencias a las Directivas derogadas se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a las tablas de correspondencias que figura en el anexo II.
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