Art. 37
Protección de datos
En vigor desde 20 ene 2016
Artículo 37
Protección de datos
1. Los Estados miembros aplicarán la Directiva 95/46/CE en lo que atañe al tratamiento de datos personales realizado en los Estados miembros con arreglo a la presente Directiva.
2. El Reglamento (CE) no 45/2001 será de aplicación en lo que atañe al tratamiento de datos personales realizado por la AESPJ con arreglo a la presente Directiva.
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