Art. 39

Otras disposiciones del Derecho de la Unión

En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 39 Otras disposiciones del Derecho de la Unión Las disposiciones del presente título se entienden sin perjuicio de las disposiciones del Derecho de la Unión que establezcan requisitos adicionales en materia de información previa. No obstante, cuando sea de aplicación también la Directiva 2002/65/CE, las disposiciones en materia de información recogidas en el artículo 3, apartado 1, de dicha Directiva, a excepción del punto 2, letras c) a g), del punto 3, letras a), d) y e), y del punto 4, letra b), de dicho apartado, se sustituirán por los artículos 44, 45, 51 y 52 de la presente Directiva.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2015:2366:oj#art-39

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil