Art. 1

Modificaciones de la Directiva 2008/68/CE

En vigor desde 21 nov 2014
Artículo 1 Modificaciones de la Directiva 2008/68/CE La Directiva 2008/68/CE queda modificada como sigue: 1) En el anexo I, la sección I.1 se sustituye por el siguiente texto: «I. 1.   ADR Anexos A y B del ADR aplicable a partir del 1 de enero de 2015, entendiéndose que “Parte contratante” se sustituye por “Estado miembro”, según proceda.» . 2) En el anexo II, la sección II.1 se sustituye por el siguiente texto: «II. 1.   RID Anexo del RID, que figura en el apéndice C del Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF), aplicable a partir del 1 de enero de 2015, entendiéndose que “Estado contratante del RID” se sustituye por “Estado miembro”, según proceda.» . 3) En el anexo III, la sección III.1 se sustituye por el siguiente texto: «III.1.   ADN Reglamentos anejos al ADN aplicables a partir del 1 de enero de 2015, así como el artículo 3, letras f) y h), y el artículo 8, apartados 1 y 3, del ADN, entendiéndose que “Parte contratante” se sustituye por “Estado miembro”, según proceda.» .
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