Art. 9

Informes

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 9 Informes A más tardar el 21 de noviembre de 2018, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo un informe sobre la aplicación de la presente Directiva, con el fin de proponer, en su caso, las modificaciones necesarias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2014:54:oj#art-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil