Art. 27
Autoridades competentes
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 27
Autoridades competentes
Cada Estado miembro comunicará a la Comisión las autoridades responsables de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la presente Directiva. Los Estados miembros informarán a la Comisión cualquier cambio de identidad de dichas autoridades.
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