Art. 32

Destinatarios

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 32 Destinatarios Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros, de conformidad con lo dispuesto en los Tratados.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2012:29:oj#art-32

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil